{"id":3623,"date":"2026-09-10T16:47:55","date_gmt":"2026-09-10T19:47:55","guid":{"rendered":"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/?page_id=3623"},"modified":"2026-09-10T20:16:07","modified_gmt":"2026-09-10T23:16:07","slug":"estatuto","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/estatuto\/","title":{"rendered":"Estatuto"},"content":{"rendered":"\n<p><img decoding=\"async\" class=\"wp-image-3640\" style=\"width: NaNpx;\" src=\"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Estatuto-del-C.E.-2026-3.pdf\" alt=\"\"><img decoding=\"async\" class=\"wp-image-3642\" style=\"width: NaNpx;\" src=\"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Estatuto-del-C.E.-2026-4.pdf\" alt=\"\"><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong><u>&nbsp;\u00cdNDICE<\/u><\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">TITULO I<\/h2>\n\n\n\n<p><strong><br><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250011\">Denominaci\u00f3n, Sigla, Car\u00e1cter Representativo, \u00danico y Exclusivo&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. 3<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250010\">TITULO II<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Principios, Fines y Objetivos&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; 3<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250009\">TITULO III<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250008\">Adhesi\u00f3n a Federaciones&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; 4<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250007\">TITULO IV<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250006\">Estudiantes: Facultades, Derechos y Deberes&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. 4<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250005\">TITULO V<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>\u00d3rganos de Gobierno: Asamblea General de Estudiantes y Comisi\u00f3n Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>Constituci\u00f3n, Organizaci\u00f3n y Funcionamiento&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. 4<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250004\">Cap\u00edtulo I. Asamblea General de Estudiantes&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; 5<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Cap\u00edtulo II. Orden de la Sesi\u00f3n y de las Votaciones en la Asamblea&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; 5<\/p>\n\n\n\n<p>Cap\u00edtulo III. Orden de la Sesi\u00f3n y de las Votaciones en la Asamblea&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. 6<\/p>\n\n\n\n<p>Cap\u00edtulo III. Comisi\u00f3n Directiva y cuerpo de delegados\/as&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. 7<\/p>\n\n\n\n<p>Cap\u00edtulo IV: Integrantes y Comisiones de la Comisi\u00f3n Directiva&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. 7<\/p>\n\n\n\n<p>Cap\u00edtulo V. Formulaci\u00f3n y Presentaci\u00f3n de Iniciativas y\/o Proyectos a la Comisi\u00f3n Directiva&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; 7<\/p>\n\n\n\n<p>Cap\u00edtulo VI. Funciones, deberes y atribuciones de los y las Integrantes de la Comisi\u00f3n Directiva y el Cuerpo de Delegados\/as&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. 8<\/p>\n\n\n\n<p>TITULO&nbsp; VI&nbsp; Normas Electorales&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; 9<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250003\">TITULO VII<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250002\">Interpretaci\u00f3n y Reforma del estatuto&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. 12<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250001\">TITULO VIII<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_TOC_250000\">Disoluci\u00f3n&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; 12<\/a><strong><br><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>TITULO I.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250011\">Denominaci\u00f3n, Sigla, Car\u00e1cter Representativo, \u00danico y <\/a>Exclusivo.<\/h3>\n\n\n\n<p><strong><em>Art\u00edculo 1: <\/em><\/strong>Bajo la denominaci\u00f3n de <strong>Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d <\/strong>y con la sigla I.S.P. N\u00b024 (C.E.I.S.P. N\u00b024), se constituye el \u00f3rgano democr\u00e1tico y participativo que nuclea al conjunto de los Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d que se regir\u00e1 por las disposiciones del presente Estatuto.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 2: <\/strong>Este centro agrupa y representa de manera \u00fanica y exclusiva a todos los estudiantes de la Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d constituy\u00e9ndose y manteniendo tal car\u00e1cter esta entidad que se crea.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250010\">TITULO <\/a>II.<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Principios, Fines y Objetivos. Art\u00edculo<\/h3>\n\n\n\n<p>Centro de Estudiantes de Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d se nutre de los siguientes principios:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Democracia<\/strong>: por cuanto adopta el sistema democr\u00e1tico como m\u00e9todo para tomar las decisiones y resolver los conflictos que se presenten. Bregar\u00e1 por soluciones a trav\u00e9s del di\u00e1logo respetuoso de las diferencias.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Participaci\u00f3n: <\/strong>por cuanto se establece la necesidad de fomentar la participaci\u00f3n de todos los y las Estudiantes, entendi\u00e9ndose como la herramienta por excelencia que permitir\u00e1 la transformaci\u00f3n de la realidad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Igualdad: <\/strong>por cuanto es inconcebible cualquier acto discriminatorio especialmente los basados en raza, g\u00e9nero, religi\u00f3n, ideolog\u00edas u opini\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>Art\u00edculo 4: El Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d<\/u><\/strong><strong> <\/strong>tendr\u00e1 como finalidad representar a los\/as Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d, canalizando, promoviendo y organizando su participaci\u00f3n en el ejercicio de las libertades propias del derecho a la educaci\u00f3n. Esta participaci\u00f3n deber\u00e1 distinguirse por el m\u00e1s alto nivel de responsabilidad y compromiso puesto al servicio de la existencia, renovaci\u00f3n y desarrollo de nuestro establecimiento educativo; persiguiendo las misiones que constituyen la esencia de la Educaci\u00f3n. Asimismo, tendr\u00e1 los siguientes objetivos:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Contribuir a la formaci\u00f3n de personas con base cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica, sensibles a la realidad de su tiempo, capaces de alimentar los saberes permanentemente y de promover las innovaciones que la realidad cambiante reclama; sin perder de vista el objetivo prioritario de la educaci\u00f3n, cu\u00e1l es aporte al desarrollo integral de la personalidad humana.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul>\n<li>Contribuir con el establecimiento educativo con el prop\u00f3sito de que atienda cuidadosamente las vocaciones que se despiertan en los y las Estudiantes, cumpliendo con la obligaci\u00f3n de impedir que se pierdan las existentes, vale decir que se desperdicie o se<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>malogre la posibilidad de que un universo de personalidades alcance metas trascendentes gracias a la educaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li>Defender y asegurar el cumplimiento y pleno ejercicio de los derechos estudiantiles, afianzando el derecho de los y las Estudiantes a la libre expresi\u00f3n de sus ideas dentro del pluralismo que garantizan las Constituciones Nacional, Provinciales y las leyes.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul>\n<li>Participar activamente en la remoci\u00f3n de todas aquellas trabas ileg\u00edtimas que impidan el acceso a mayor calidad de Educaci\u00f3n, de espiritualidad y de creaci\u00f3n, al tiempo que se fomente la participaci\u00f3n para construir colectivamente esos niveles.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul>\n<li>Defender y promover la democracia y el pluralismo, as\u00ed como en el conocimiento y la defensa de los derechos humanos;<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul>\n<li>Contribuir al cumplimiento de los derechos y las garant\u00edas vinculadas al aprendizaje y al reconocimiento de la educaci\u00f3n como bien p\u00fablico y derecho personal y social.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul>\n<li>Estimular la vinculaci\u00f3n del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d, la sociedad y su \u00e9poca, impulsando un compromiso de estudio permanente de los problemas contempor\u00e1neos, a la luz de la necesidad de contribuir a la formaci\u00f3n hombres y mujeres capaces de convertirse en servidores l\u00facidos de las comunidades a las que pertenecen, a quienes deben poder proporcionar una visi\u00f3n de la realidad humana libre de prejuicios, imbuida de esp\u00edritu cient\u00edfico y creador al mismo tiempo.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul>\n<li>Apoyar, promover y encauzar el reclamo hacia el Estado y la sociedad, para que la Educaci\u00f3n en general sea dotada de presupuesto suficiente permiti\u00e9ndole avanzar hacia sus prop\u00f3sitos.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ol type=\"i\">\n<li>Bregar para que la Educaci\u00f3n y nuestro establecimiento educativo constantemente se renueven con esp\u00edritu vivo, sin fraude, libre de condicionamientos sectarios y de ideolog\u00edas hegem\u00f3nicas, que tienden a mantenerlas prisioneras e insensibles a la mudanza de los tiempos que acontece en nuestras latitudes.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 5: <\/strong>La marcha hacia los fines y objetivos del <strong>Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d <\/strong>se efectuar\u00e1 entre otros, a trav\u00e9s de los siguientes medios:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Encabezando la defensa de los intereses de los y las Estudiantes de nuestro Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d y sus reivindicaciones acad\u00e9micas, gremiales, sociales, culturales y pol\u00edticas.<\/li>\n\n\n\n<li>Manteniendo presente y constante el esp\u00edritu de uni\u00f3n, solidaridad y confraternidad entre los y las Estudiantes.<\/li>\n\n\n\n<li>Organizando seminarios, cursos, conferencias y\/o encuentros que promuevan debates, investigaciones y toda otra actividad tendiente a estudiar e intervenir sobre nuestra realidad educativa, econ\u00f3mica, social, pol\u00edtica, cultural e institucional.<\/li>\n\n\n\n<li>Realizando todo tipo de acciones sociales que contribuyan a mejorar la situaci\u00f3n econ\u00f3mico social de los y las Estudiantes en particular y de nuestra sociedad en general.<\/li>\n\n\n\n<li>Organizando actividades o eventos con finalidad deportiva, cultural o de esparcimiento.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul>\n<li>Estudiando, analizando, aportando o realizando propuestas e iniciativas legislativas en el orden nacional, provincial y local.<\/li>\n\n\n\n<li>Manteniendo relaciones de intercambio con otras entidades similares provinciales, nacionales y\/o extranjeras, sin perder la independencia de objetivos y funcionamiento de este Centro.<\/li>\n\n\n\n<li>Convocando a las y los egresados del <strong>Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d <\/strong>a fin de contribuir con sus conocimientos y experiencias para acompa\u00f1ar a las y los estudiantes que comienzan su carrera. Formando una Comisi\u00f3n de \u201cEx Estudiantes\u201d que asista a la Secretaria de Acompa\u00f1amiento Estudiantil.<\/li>\n\n\n\n<li>Manteniendo fluidas relaciones de di\u00e1logo y de trabajo con las autoridades de nuestro establecimiento educativo y llevando propuestas e iniciativas a sus \u00f3rganos administrativos. En general, representando a los y las <strong>Estudiantes de nuestro Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d <\/strong>ante las autoridades de la misma, ante organismos p\u00fablicos y privados, y ante otras entidades estudiantiles de segundo o tercer grado, del pa\u00eds y del extranjero.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250009\">TITULO <\/a>III.<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250008\">Adhesi\u00f3n a <\/a>Federaciones.<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 6: <\/strong>El Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d en su car\u00e1cter de \u00fanico y exclusivo representante de los y las Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d, podr\u00e1 reconocer y aprobar su adhesi\u00f3n e integraci\u00f3n a la federaci\u00f3n y\/o confederaciones existentes o por existir en la medida que se ajusten a la constituci\u00f3n nacional, a las leyes nacionales y provinciales, y en la medida que no se opongan al presente Estatuto.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250007\">TITULO <\/a>IV.<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250006\">Estudiantes: Facultades, Derechos y <\/a>Deberes.<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 7: <\/strong>Los y las Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d gozar\u00e1n de los siguientes derechos y facultades:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Elegir, ser elegido\/a o propiciar candidaturas en las elecciones para designar autoridades del Centro de Estudiantes, de conformidad con los requisitos establecidos en el presente estatuto.<\/li>\n\n\n\n<li>Participar con voz y voto en la Asamblea General.<\/li>\n\n\n\n<li>Participar con voz y sin voto de las reuniones de la Comisi\u00f3n Directiva.<\/li>\n\n\n\n<li>Solicitar la convocatoria a Asamblea General Extraordinaria y la inclusi\u00f3n de asuntos de inter\u00e9s general en su orden del d\u00eda, de conformidad al procedimiento que al respecto establece este Estatuto.<\/li>\n\n\n\n<li>Participar de toda actividad o manifestaci\u00f3n del Centro de Estudiantes.<\/li>\n\n\n\n<li>Acceder al libro de actas del Centro de Estudiantes y a cualquier otra informaci\u00f3n producida en sus reuniones, que ser\u00e1n abiertas y p\u00fablicas.<\/li>\n\n\n\n<li>Peticionar a la Comisi\u00f3n Directiva del Centro de Estudiantes la soluci\u00f3n de asuntos de inter\u00e9s individual y\/o colectivo.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>Los Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d <\/strong>tendr\u00e1n los siguientes deberes:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Cumplir y hacer cumplir de buena fe y fielmente el presente Estatuto y las decisiones y\/o resoluciones, que en el marco del mismo y de las leyes vigentes, adopten los \u00d3rganos de gobierno del Centro de Estudiantes.<\/li>\n\n\n\n<li>Abstenerse de realizar acciones invocando el nombre o la representaci\u00f3n del Centro de Estudiantes sin contar con la debida autorizaci\u00f3n para ello.<\/li>\n\n\n\n<li>Colaborar en la tarea de mantener y desarrollar el Centro de Estudiantes, y abstenerse de obstaculizar la participaci\u00f3n estudiantil.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250005\">TITULO <\/a>V.<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">\u00d3rganos de Gobierno: Asamblea General de Estudiantes y Comisi\u00f3n Directiva. Constituci\u00f3n, Organizaci\u00f3n y Funcionamiento.<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 8: <\/strong>Ser\u00e1n \u00d3rganos de gobierno del Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d: la Asamblea General de Estudiantes y la Comisi\u00f3n Directiva. Los integrantes de los \u00f3rganos de gobierno de este gremio no podr\u00e1n percibir retribuciones econ\u00f3micas por el ejercicio de sus cargos.<\/p>\n\n\n\n<p>El cuerpo de delegados\/as creado por el presente Estatuto no ser\u00e1 un \u00f3rgano de resoluci\u00f3n ni gobierno de este Centro de Estudiantes. Es, si, el instrumento de intermediaci\u00f3n entre la Comisi\u00f3n Directiva y los distintos cursos del establecimiento educativo.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250004\">CAP\u00cdTULO I. Asamblea General de <\/a>Estudiantes.<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 9: <\/strong>La Asamblea General de Estudiantes ser\u00e1 el \u00f3rgano m\u00e1ximo de gobierno del Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d. La misma ser\u00e1 convocada por la Comisi\u00f3n Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 10: <\/strong>La Comisi\u00f3n Directiva deber\u00e1 dar a conocer el lugar, d\u00eda y hora de la convocatoria a Asamblea, conjuntamente con el orden del d\u00eda a tratar, 5 (cinco) d\u00edas antes de la fecha fijada para la misma; a trav\u00e9s de cualquier medio que asegure una amplia publicidad entre los y las Estudiantes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 11: <\/strong>Las Asambleas ser\u00e1n presididas por la Comisi\u00f3n Directiva del Centro de Estudiantes y sus debates dirigidos y coordinados por el Presidente o la Presidenta del Centro y en ausencia de \u00e9ste por el Secretario o Secretaria General. Estar\u00e1n integradas por los Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d previamente acreditados como tales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 12: <\/strong>Las Asambleas se celebrar\u00e1n en el lugar, d\u00eda y hora fijados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 13: <\/strong>Las sesiones de las Asambleas ser\u00e1n p\u00fablicas y no tendr\u00e1n una duraci\u00f3n determinada, pudiendo ser levantadas por la Presidencia, previa aprobaci\u00f3n de moci\u00f3n de orden en ese sentido.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 14: <\/strong>Las Asambleas no podr\u00e1n tratar otros puntos que los establecidos en el orden del d\u00eda. Las resoluciones se adoptar\u00e1n por simple mayor\u00eda de votos salvo los casos en que este Estatuto exija mayor\u00edas especiales. A los efectos de la votaci\u00f3n cada asamble\u00edsta tendr\u00e1 un voto, no se admitir\u00e1 el voto por poder y quienes se abstuvieron de votar ser\u00e1n considerados como ausentes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 15: <\/strong>Las deliberaciones y resoluciones de las Asambleas, se asentar\u00e1n debidamente en el libro de actas del Centro de estudiantes, la que constituir\u00e1 un reflejo fiel de la reuni\u00f3n. Las actas de las sesiones de las Asambleas deber\u00e1n expresar:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>El lugar y d\u00eda de celebraci\u00f3n y la hora de apertura.<\/li>\n\n\n\n<li>El nombre de quien la preside y cargo que detenta en la Comisi\u00f3n Directiva del Centro.<\/li>\n\n\n\n<li>El nombre de los y las integrantes de la Comisi\u00f3n Directiva que hayan asistido.<\/li>\n\n\n\n<li>Las mociones presentadas con indicaci\u00f3n de los estudiantes que las hubieren formulado y en caso de ser solicitado en la sesi\u00f3n, los principales argumentos sostenidos para fundar el sentido del voto.<\/li>\n\n\n\n<li>Las resoluciones adoptadas por la Asamblea en cada punto del orden del d\u00eda, con indicaci\u00f3n del resultado de la votaci\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li>La hora en que se levanta la sesi\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Cap\u00edtulo II.<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Orden de la Sesi\u00f3n y de las Votaciones en la Asamblea.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 16: <\/strong>El Presidente o la Presidenta declarar\u00e1 abierta la sesi\u00f3n, en tal oportunidad pondr\u00e1 a consideraci\u00f3n el orden del d\u00eda, que ser\u00e1 aprobado por simple mayor\u00eda. El Presidente, con relaci\u00f3n a cada punto del Orden del D\u00eda, dar\u00e1 cuenta de lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Informe general de lo realizado en el a\u00f1o.<\/li>\n\n\n\n<li>Informe de las Secretar\u00edas, si los hubiera.<\/li>\n\n\n\n<li>Comunicaciones oficiales que se hubiesen recibido.<\/li>\n\n\n\n<li>Propuestas, proyectos o mociones relativos al Orden del D\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 17: <\/strong>Los asamble\u00edstas al hacer uso de la palabra lo har\u00e1n sin dialogar entre s\u00ed, no podr\u00e1n ser interrumpidos mientras tengan el uso de la palabra, a menos que se trate del pedido de una explicaci\u00f3n pertinente y esto solo ser\u00e1 permitido por quien ejerza la presidencia del cuerpo, previo consentimiento del asamble\u00edsta en uso de la palabra.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 18: <\/strong>Cada orador tendr\u00e1 derecho a hacer uso de la palabra durante un tiempo razonable que establecer\u00e1 el Presidente o Presidenta al inicio de la sesi\u00f3n. El miembro informante de la Comisi\u00f3n Directiva y el autor del proyecto en tratamiento, no estar\u00e1n sujetos a esta limitaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 19: <\/strong>El Presidente o Presidenta podr\u00e1 hacer aclaraciones a los efectos de encauzar el debate o antes de proceder a votar, para aclarar el sentido de las mociones presentadas. Cuando desee exponer sus ideas acerca de cualquier punto del Orden del D\u00eda, podr\u00e1 hacerlo previa inclusi\u00f3n en la lista de oradores, debiendo ceder la presidencia de la sesi\u00f3n durante el tiempo en que haga uso de la palabra.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 20: <\/strong>El asamble\u00edsta en uso de la palabra podr\u00e1 ser interrumpido por la Presidencia del cuerpo cuando se saliese de la cuesti\u00f3n o faltase al debido respeto.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 21: <\/strong>Es moci\u00f3n de orden toda proposici\u00f3n que tenga por objeto lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Que se levante la sesi\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li>Que se pase a cuarto intermedio.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul>\n<li>Que se cierre el debate de un determinado tema, indicando si ser\u00e1 con o sin lista de oradores.<\/li>\n\n\n\n<li>Que se considere fuera de la cuesti\u00f3n la posici\u00f3n de un asamble\u00edsta o de cualquier otra persona en uso de la palabra.<\/li>\n\n\n\n<li>Solicitud de votaci\u00f3n nominal.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Las que no encierren algunos de estos objetos no ser\u00e1n consideradas mociones de orden, aunque se hayan sido formuladas como tales. En este caso el Presidente deber\u00e1 considerarlas simples mociones.<\/p>\n\n\n\n<p>Las mociones de orden deber\u00e1n votarse inmediatamente despu\u00e9s de ser formuladas. Para ser aprobadas necesitar\u00e1n simple mayor\u00eda de votos, pudiendo ser repetidas a lo largo de la sesi\u00f3n. Las mociones de orden de los puntos a y b se pondr\u00e1n a votaci\u00f3n sin debate y las restantes ser\u00e1n objeto de un breve debate donde cada asamble\u00edsta podr\u00e1 volver a hacer uso de la palabra, salvo el autor de la moci\u00f3n que podr\u00e1 hacerlo las veces que lo solicite.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 22: <\/strong>La votaci\u00f3n en la Asamblea se har\u00e1 a mano levantada, salvo que a pedido de un asamble\u00edsta con el aval de la Comisi\u00f3n Directiva, se resuelva que la votaci\u00f3n sea nominal. La moci\u00f3n presentada en este sentido no podr\u00e1 ser discutida, debiendo votarse directamente. La votaci\u00f3n ser\u00e1 por la afirmativa o la negativa, a los t\u00e9rminos del proyecto o proposici\u00f3n que se vota.<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Cap\u00edtulo III.<\/h1>\n\n\n\n<p><strong>Comisi\u00f3n Directiva y cuerpo de delegados\/as.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 23: <\/strong>La Comisi\u00f3n Directiva ser\u00e1 el \u00f3rgano ejecutivo del <strong>Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d <\/strong>encargada de representar y administrarlo; estar\u00e1 integrada por: un (1) Presidente\/a, un (1) Vicepresidente\/a, un (1) Secretario\/a General y (7) secretar\u00edas distribuidas por sistema D&#8217; Hondt; Las mismas ser\u00e1n las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"1\">\n<li>Secretaria de Derechos Humanos<ol><li>Secretaria de G\u00e9nero y Diversidad<\/li><\/ol><ol><li>Secretaria de Acompa\u00f1amiento Estudiantil<\/li><\/ol>\n<ol>\n<li>Secretaria de Ambiente<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Las Secretaria 5,6 y 7 ser\u00e1n nombradas de acuerdo a lo que defina la C.D.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 24: <\/strong>El desempe\u00f1o de las funciones de Presidente\/a y Secretario\/a General tendr\u00e1 car\u00e1cter personal, ser\u00e1 indelegable y no originar\u00e1 derecho a la percepci\u00f3n de remuneraci\u00f3n alguna, quedando tambi\u00e9n prohibido a ellos y a los dem\u00e1s miembros de la Comisi\u00f3n Directiva realizar trabajo o prestar servicios remunerados del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 25: <\/strong>El mandato de los miembros de la Comisi\u00f3n Directiva ser\u00e1 de un a\u00f1o, pudiendo ser reelectos s\u00f3lo por un per\u00edodo. Para formar parte de la Comisi\u00f3n Directiva se requiere ser Estudiante del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d, tener al menos seis (6) meses de antig\u00fcedad como alumno regular y haber sido electo conforme lo establecido en el presente Estatuto.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 26: <\/strong>La Comisi\u00f3n Directiva realizar\u00e1 su sesi\u00f3n constitutiva dentro de los quince (15) d\u00edas posteriores a la finalizaci\u00f3n del comicio en que fuere elegida. Las sesiones de la Comisi\u00f3n Directiva se realizar\u00e1n, al menos, una vez por mes, convocadas por el Presidente o la Presidenta del Centro con cinco (5) d\u00edas de anticipaci\u00f3n comunicadas a los dem\u00e1s miembros de la Comisi\u00f3n Directiva, pudiendo hacer extensivo el aviso a las distintas agrupaciones estudiantiles que hubiere y a la poblaci\u00f3n estudiantil en general. Las reuniones ser\u00e1n p\u00fablicas y deber\u00e1 labrarse acta de cada una de ellas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 27: <\/strong>Para las deliberaciones del Centro de Estudiante se tendr\u00e1 en cuenta m\u00e1s de la mitad de los votos de los miembros presentes de la Comisi\u00f3n Directiva. Salvo aquellos casos en que este Estatuto establezca una mayor\u00eda especial. Qui\u00e9n ejerza la Presidencia del cuerpo s\u00f3lo podr\u00e1 votar en caso de empate. Las reconsideraciones de decisiones adoptadas en reuniones anteriores requerir\u00e1n del voto de las dos terceras (2\/3) partes de los miembros presentes, en sesi\u00f3n de igual o mayor n\u00famero de presentes que aquella en la cual se hubiera resuelto el asunto reconsiderado. No estar\u00e1 permitido abstenerse sin previa autorizaci\u00f3n del cuerpo, fundada en una causa que a juicio del mismo sea atendible; en tal caso el que se abstiene ser\u00e1 considerado como ausente a los efectos del c\u00f3mputo de la mayor\u00eda requerida.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 28: <\/strong>En caso de renuncia, muerte, enfermedad prolongada o licencia por tiempo indeterminado de quien ejerza la presidencia asumir\u00e1 sus funciones el Secretario o la Secretaria General. La Comisi\u00f3n Directiva tiene la obligaci\u00f3n y responsabilidad de comunicar la situaci\u00f3n al Estudiantado<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 29: <\/strong>Los actos de los y las integrantes de la Comisi\u00f3n Directiva y\/o de sus secretar\u00edas, realizados dentro de la esfera de atribuciones y competencias que les confiere este Estatuto, obligan al Centro; los actos realizados fuera de este l\u00edmite s\u00f3lo obligan a quien o quienes los realicen.<\/p>\n\n\n\n<p>La Comisi\u00f3n Directiva como representaci\u00f3n del <strong>Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 <\/strong>puede acompa\u00f1ar las actividades en defensa de la Educaci\u00f3n P\u00fablica, la Salud P\u00fablica, La Docencia, como as\u00ed tambi\u00e9n, trabajar en conjunto con otros Centros de Estudiantes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 30<\/strong>: La Comisi\u00f3n Directiva del <strong>Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d <\/strong>tiene las siguientes atribuciones y deberes:<\/p>\n\n\n\n<p>-Cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto, los reglamentos que se dicten y las resoluciones de la Asamblea.<\/p>\n\n\n\n<p>-Interpretar las cl\u00e1usulas del presente estatuto y de las resoluciones adoptadas en el marco del mismo.<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li>Convocar a elecciones para la renovaci\u00f3n de las autoridades del Centro de Estudiantes y fijar la fecha de los comicios.<\/li>\n\n\n\n<li>Ejercer, por medio de la presidencia, la representaci\u00f3n del Centro ante organismos del Estado nacional, provincial o local y ante organizaciones p\u00fablicas o privadas; As\u00ed como tambi\u00e9n ante las autoridades del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d<\/li>\n\n\n\n<li>Aceptar o rechazar legados y donaciones, y darles en su caso un destino correspondiente.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>-Declarar la necesidad de la reforma del presente Estatuto en el todo o en alguna de sus partes, pudiendo aprobar tal resoluci\u00f3n s\u00f3lo con el voto de las dos terceras (2\/3) partes de sus miembros.<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li>Convocar a la Asamblea General de Estudiantes y coordinar sus deliberaciones.<\/li>\n\n\n\n<li>Crear comisiones permanentes o transitorias, nombrar sus integrantes y asignarle funciones.<\/li>\n\n\n\n<li>Organizar actividades culturales, acad\u00e9micas, deportivas o recreativas.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 31: <\/strong>El Cuerpo de Delegado\/as es el espacio de representaci\u00f3n de los cursos del establecimiento educativo ante la Comisi\u00f3n Directiva. Estar\u00e1 integrado por un (1) delegado titular y un (1) suplente por cada curso, electos por el sistema de mayor\u00eda simple mediante el voto de los y las Estudiantes del mismo curso. Ser\u00e1n elegidos durante los primeros treinta<\/p>\n\n\n\n<p>(30) d\u00edas de iniciado el ciclo lectivo. El mandato ser\u00e1 de un (1) a\u00f1o y podr\u00e1 ser reelecto.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">CAP\u00cdTULO IV.<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Integrantes y Comisiones de la Comisi\u00f3n Directiva<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 32: <\/strong>Ser\u00e1 obligaci\u00f3n de los y las integrantes de la Comisi\u00f3n Directiva asistir a las reuniones de la misma, as\u00ed como a las de las comisiones que formen parte, desde el d\u00eda en que entren en funciones. Qui\u00e9n se considere impedido para asistir a una reuni\u00f3n deber\u00e1 dar aviso al Presidente o Presidenta; pudiendo ser reemplazado en esa sesi\u00f3n por un suplente de la lista correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 33: <\/strong>Licencia: Si un\/a integrante de la Comisi\u00f3n Directiva no pudiese concurrir a m\u00e1s de dos reuniones consecutivas de \u00e9sta, deber\u00e1 solicitar licencia. Otorgada la misma, ser\u00e1 autom\u00e1ticamente sustituido por un suplente designado por su agrupaci\u00f3n. Los suplentes que se incorporen por el plazo de licencia del titular, tendr\u00e1n las mismas prerrogativas que los titulares. El o la titular que faltase sin justificaci\u00f3n alguna a tres reuniones consecutivas o cuatro alternadas, cesar\u00e1 en sus funciones y ser\u00e1 reemplazado\/a definitivamente por qui\u00e9n sea suplente, de la misma forma y con las mismas prerrogativas que en caso de licencia.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 34: <\/strong>Cualquier integrante de la Comisi\u00f3n Directiva podr\u00e1 requerir a quien ejerza la presidencia todos los informes y documentos que crea necesarios para el conocimiento y estudio de los asuntos a tratar.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 35: <\/strong>La Comisi\u00f3n Directiva podr\u00e1 formar comisiones permanentes o transitorias constituidas por sus miembros para atender los asuntos que espec\u00edficamente le corresponden y que le sean girados.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">CAP\u00cdTULO V.<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Formulaci\u00f3n y Presentaci\u00f3n de Iniciativas y\/o Proyectos a la Comisi\u00f3n Directiva.<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 36: <\/strong>Las iniciativas que tengan por objeto promover que la Comisi\u00f3n Directiva exprese determinada opini\u00f3n sobre alg\u00fan asunto de inter\u00e9s p\u00fablico o convoque la realizaci\u00f3n de acto y\/o actividad p\u00fablica similar, deber\u00e1n presentarse en forma de proyecto de declaraci\u00f3n. Las iniciativas que tenga por objeto la aprobaci\u00f3n de un reglamento o cuerpo normativo, como por ejemplo el Reglamento Electoral, el Reglamento de funcionamiento de la Comisi\u00f3n Directiva u otro que complemente las disposiciones del presente Estatuto y se encuentre dentro de las materias de competencia de la Comisi\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>Directiva, deber\u00e1n presentarse en forma de proyecto de resoluci\u00f3n, el que deber\u00e1 contener en forma expresa y perfectamente diferenciados, los fundamentos y la propuesta normativa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 37: <\/strong>Las iniciativas y\/o proyectos podr\u00e1n ser presentados, por cualquier Estudiante del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d, ante cualquier miembro de la Comisi\u00f3n Directiva y deber\u00e1n ser incluidos en el orden del d\u00eda de la Comisi\u00f3n Directiva inmediatamente posterior al de la fecha de presentaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 38: <\/strong>Las iniciativas y\/o proyectos ser\u00e1n aprobados de conformidad al r\u00e9gimen de mayor\u00edas establecido para la toma de decisiones por este Estatuto por parte de la Comisi\u00f3n Directiva. La aprobaci\u00f3n se limitar\u00e1 a la aceptaci\u00f3n en general, pero si la Comisi\u00f3n Directiva lo considerase necesario y la iniciativa y\/o proyecto contuviera m\u00e1s de un precepto, resoluci\u00f3n, postulaci\u00f3n y\/o fundamento, podr\u00e1n votarse en particular cada uno de ellos.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Cap\u00edtulo VI.<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Funciones, deberes y atribuciones de los y las Integrantes de la Comisi\u00f3n Directiva y el Cuerpo de Delegados\/as.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 39: <\/strong>Las funciones de la presidencia y la secretar\u00eda general del <strong>Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d <\/strong>ser\u00e1n desempe\u00f1adas por los\/as candidatos\/as postulados y electos para desempe\u00f1ar tales funciones. La lista que haya obtenido mayor n\u00famero de votos ser\u00e1 la ganadora. Si dos o m\u00e1s listas hubieran obtenido la misma cantidad de sufragios, la Junta Electoral convocar\u00e1 un nuevo acto eleccionario en el plazo de 10 d\u00edas para la elecci\u00f3n entre ellas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 40: <\/strong>Ser\u00e1n deberes y atribuciones del Presidente o la Presidenta de Centro de<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u201cEstudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d<\/strong>, los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Ejercer la representaci\u00f3n de la entidad.<\/li>\n\n\n\n<li>Presidir las deliberaciones de las sesiones de Comisi\u00f3n Directiva; dirigir y coordinar el debate en las mismas.<\/li>\n\n\n\n<li>Informar a la Comisi\u00f3n Directiva de todos los actos o gestiones que realice en el ejercicio de sus funciones.<\/li>\n\n\n\n<li>Firmar conjuntamente con quien ejerza la Secretar\u00eda General, las actas de las reuniones de la Comisi\u00f3n Directiva y de las Asambleas de Estudiantes.<\/li>\n\n\n\n<li>Firmar la correspondencia del gremio y\/o todo otro documento de similar naturaleza.<\/li>\n\n\n\n<li>Convocar a las reuniones de Comisi\u00f3n Directiva y de la Asamblea General de Estudiantes.<\/li>\n\n\n\n<li>Comunicar los asuntos que han tenido entrada para su tratamiento en la reuni\u00f3n de la Comisi\u00f3n Directiva o en la Asamblea General de Estudiantes.<\/li>\n\n\n\n<li>Determinar inicialmente los asuntos que han de ser incluidos en el orden del d\u00eda de las reuniones de la Comisi\u00f3n Directiva.<\/li>\n\n\n\n<li>Publicar mensualmente para conocimiento del estudiantado las resoluciones que hubiera aprobado la Comisi\u00f3n Directiva. Participar mediante el voto en las distintas deliberaciones solo en caso de empate.<\/li>\n\n\n\n<li>Participar mediante el voto en las distintas deliberaciones solo en caso de empate.<\/li>\n\n\n\n<li>Ejecutar resoluciones, ad refer\u00e9ndum de la Comisi\u00f3n Directiva, cuando hubiesen fracasado por falta de qu\u00f3rum dos reuniones consecutivas de Comisi\u00f3n Directiva convocada para tratar el asunto en cuesti\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul>\n<li>Adoptar medidas y\/o resoluciones en situaciones de emergencias que por su \u00edndole no admiten postergaci\u00f3n hasta su tratamiento en la reuni\u00f3n de la Comisi\u00f3n Directiva. Con posterioridad, estas resoluciones deber\u00e1n ser tratadas en la primera reuni\u00f3n de Comisi\u00f3n Directiva que se realice, con prioridad a cualquier otro punto del orden del d\u00eda.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 41: <\/strong>Ser\u00e1n deberes y atribuciones del Secretario o de la Secretaria General del<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d, <\/strong>los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Colaborar con la presidencia en el ejercicio de sus funciones y ocupar en caso de ocurrir lo previsto en el art\u00edculo 28.<\/li>\n\n\n\n<li>Redactar y firmar, conjuntamente con quien ejerza la presidencia, las actas de las reuniones de la Comisi\u00f3n Directiva; dejando constancia de los miembros presentes y ausentes, especificando en cada caso la causa de la inasistencia.<\/li>\n\n\n\n<li>Registrar en actas las resoluciones de la Comisi\u00f3n Directiva, transcribirlas al libro correspondiente, numer\u00e1ndolas cronol\u00f3gicamente y suscribi\u00e9ndolas conjuntamente con el Presidente o la Presidenta. d) Coordinar las Comisiones permanentes o transitorias.<\/li>\n\n\n\n<li>Firmar conjuntamente con quien ejerza la presidencia, la correspondencia y todo otro documento del gremio que detente similar naturaleza.<\/li>\n\n\n\n<li>Si por alg\u00fan motivo el Secretario o Secretaria General del <strong>Centro de Estudiantes Superior N\u00b024 \u201cHeroes de Malvinas\u201d <\/strong>decide no continuar en su cargo, tiene la obligaci\u00f3n y responsabilidad de comunicar al resto de la Comisi\u00f3n Directiva a trav\u00e9s de una reuni\u00f3n y al resto del Estudiantado por medio de una nota.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 42: <\/strong>Ser\u00e1n deberes y atribuciones de los y las integrantes de la Comisi\u00f3n Directiva del <strong>Centro de Estudiantes de Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d<\/strong>, los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Asistir a las reuniones de la Comisi\u00f3n Directiva, con voz y voto; desempe\u00f1ando, a su vez, las funciones o tareas que la misma les conf\u00ede.<\/li>\n\n\n\n<li>Atender las propuestas y reclamos de los y las Estudiantes relativos a las cuestiones de cada \u00e1rea y del establecimiento educativo o la Educaci\u00f3n en general.<\/li>\n\n\n\n<li>Asumir la defensa de los asuntos que la Comisi\u00f3n Directiva le encomiende, debiendo informar los resultados obtenidos en todas las gestiones que deban llevarse adelante ante las autoridades de la instituci\u00f3n y\/u organismo correspondiente.<\/li>\n\n\n\n<li>Firmar las actas de las sesiones de la Comisi\u00f3n Directiva en las que se encuentren presentes, sin perjuicio, en su caso, de no firmar su aprobaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>f) En el caso que alg\u00fan integrante de la Comisi\u00f3n Directiva decida no continuar con su cargo, lo reemplazar\u00e1 un integrante de las Secretar\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 43: <\/strong>Ser\u00e1n deberes y atribuciones del Cuerpo de Delegados\/as.<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Informar a sus compa\u00f1eros y compa\u00f1eras de curso sobre las acciones y\/o resoluciones del Centro de Estudiantes;<\/li>\n\n\n\n<li>Participar con voz y sin voto en las reuniones de la Comisi\u00f3n Directiva;<\/li>\n\n\n\n<li>Presentar ante la Comisi\u00f3n Directiva las inquietudes, proyectos y propuestas de su curso.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">TITULO VI.<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Normas electorales.<\/h3>\n\n\n\n<p><strong><br><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 44: <\/strong>La elecci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Directiva del <strong>Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d <\/strong>se regir\u00e1 por las normas del presente Estatuto, las resoluciones complementarias que en cada caso dicte la Junta Electoral, no podr\u00e1n alterar o modificar el mismo y, supletoriamente, por el C\u00f3digo Electoral Nacional. Los comicios se realizar\u00e1n la primera semana de octubre.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 45: <\/strong>La elecci\u00f3n de los miembros de la Comisi\u00f3n Directiva se efectuar\u00e1 a trav\u00e9s del voto directo, \u00fanico, igual, secreto y universal de los y las Estudiantes regulares con m\u00e1s de seis (6) meses de antig\u00fcedad del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d. Los padrones electorales deber\u00e1n ser aprobados por la Junta Electoral diez (10) d\u00edas antes de la elecci\u00f3n y ser\u00e1n confeccionados por ella con la informaci\u00f3n suministrada por las autoridades de la Escuela mediante sus padrones y en caso de ser imposible obtenerlos, con la que pueda recabar. (Los comicios se realizar\u00e1n mediante el sistema de boleta \u00fanica ajust\u00e1ndose a la normativa provincial vigente (ley 13.156).)<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 46: <\/strong>La Comisi\u00f3n Directiva deber\u00e1 construir la Junta Electoral dentro de los primeros 10 d\u00edas h\u00e1biles del comienzo del ciclo lectivo, constituy\u00e9ndose la misma con un m\u00e1ximo de 7 (siete) integrantes con los siguientes cargos: (1) Presidente\/a, (1) Vicepresidente\/a, (1) Secretario y (4) Vocales.<\/p>\n\n\n\n<p>Los nombramientos de los mismos ser\u00e1n propuestos por:<\/p>\n\n\n\n<p>Presidente y Vicepresidente designados por la C.D. vigente representando la misma, el Secretario designado por el cuerpo Docente en su representaci\u00f3n y (4) Vocales pertenecientes al Cuerpo de Delegados en representaci\u00f3n de los Estudiantes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 47: <\/strong>La convocatoria a elecciones con la determinaci\u00f3n del d\u00eda, hora y lugar de la elecci\u00f3n ser\u00e1 efectuada por la Comisi\u00f3n Directiva con por lo menos veinte (20) d\u00edas h\u00e1biles de anticipaci\u00f3n a la fecha de la elecci\u00f3n; la convocatoria deber\u00e1 contener adem\u00e1s de la fecha, lugar y horario, l\u00edmite de presentaci\u00f3n de Listas la publicidad de las misma se dar\u00e1 a conocer por los medios que aseguren la m\u00e1s amplia difusi\u00f3n entre los y las Estudiantes del establecimiento educativo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 48: <\/strong>Una vez constituida Junta Electoral se constituye al solo efecto de garantizar la transparencia en todos los procesos electorales que correspondan, en tanto de Delegados como de la C.D. y tendr\u00e1 un mandato de un a\u00f1o lectivo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 49: <\/strong>Las sesiones de la Junta Electoral ser\u00e1n p\u00fablicas y sus decisiones requerir\u00e1n la aprobaci\u00f3n de m\u00e1s de la mitad de sus integrantes. La presidencia del cuerpo s\u00f3lo votar\u00e1 en caso de empate. Las actuaciones, deliberaciones y resoluciones de la Junta Electoral deber\u00e1n constar en el libro de actas del Centro de Estudiantes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 50: <\/strong>La Presentaci\u00f3n de Listas ser\u00e1 15 d\u00edas h\u00e1biles antes del acto eleccionario. Desde el cierre del plazo para presentaci\u00f3n de listas, la Junta Electoral deber\u00e1 observar los siguientes t\u00e9rminos todos ellos en d\u00edas h\u00e1biles:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>24 hs. Aceptaci\u00f3n provisoria de las listas.<\/li>\n\n\n\n<li>24 hs para que la Junta Electoral notifique resoluci\u00f3n y exhiba listas. Procedencia o improcedencia.<\/li>\n\n\n\n<li>48 hs para revocaciones e impugnaciones ante la Junta Electoral.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul>\n<li>24 hs para que la Junta Electoral resuelva observaciones.<\/li>\n\n\n\n<li>Exhibici\u00f3n de las listas definitivas a partir del sexto d\u00eda h\u00e1bil posterior a la fecha l\u00edmite de presentaci\u00f3n de las mismas.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 51: <\/strong>La solicitud de oficializaci\u00f3n de lista deber\u00e1 contener:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Denominaci\u00f3n de la lista, color y logo o s\u00edmbolo de identificaci\u00f3n de la misma.<\/li>\n\n\n\n<li>Nombre y apellido de los y las estudiantes y funci\u00f3n para la que se postulan.<\/li>\n\n\n\n<li>Aceptaci\u00f3n de la postulaci\u00f3n para integrar la lista, con la firma de cada candidato\/a.<\/li>\n\n\n\n<li>Avales a la lista, consistentes en la adhesi\u00f3n a la solicitud de oficializaci\u00f3n expresada por el tres por ciento (3%), como m\u00ednimo, de los y las Estudiantes empadronados. Cada aval deber\u00e1 formalizarse mediante la firma del o la Estudiante con su aclaraci\u00f3n correspondiente.<\/li>\n\n\n\n<li>Nombre, apellido y firma del apoderado titular y del suplente; los que deber\u00e1n reunir iguales condiciones que para ser candidatos. Los cuales podr\u00e1n actuar indistintamente. Toda lista presentada y oficializada por la Junta Electoral no podr\u00e1 ser retirada del comicio.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 52: <\/strong>La solicitud de oficializaci\u00f3n de lista deber\u00e1 ser presentada ante el Presidente de la Junta Electoral, debiendo ser otorgado el recibo correspondiente. Presentada la solicitud, la Junta Electoral la examinar\u00e1 a los fines de comprobar si la misma y los candidatos postulados, re\u00fanen los requisitos establecidos en el presente Estatuto. Si vencido los plazos luego de la presentaci\u00f3n de la solicitud, la Junta Electoral no comunicar\u00e1 al apoderado de la lista ninguna observaci\u00f3n, la lista quedar\u00e1 oficializada. Si dentro de dicho plazo se comunicar\u00e1 al apoderado la formulaci\u00f3n de alguna observaci\u00f3n por parte de la Junta Electoral, simult\u00e1neamente deber\u00e1 darse traslado al apoderado a fin de que subsane el inconveniente, que deber\u00e1 ser presentado el d\u00eda de Tratamiento de las observaciones e impugnaciones. Si el traslado no hubiese sido contestado, la Junta Electoral tendr\u00e1 por desistida la solicitud de oficializaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 53: <\/strong>En el caso de que a criterio de la Junta Electoral, la denominaci\u00f3n de la lista, el logo y\/o el s\u00edmbolo de identificaci\u00f3n de la misma pudieran generar confusi\u00f3n en el electorado; la Junta Electoral comunicar\u00e1 esta situaci\u00f3n a los respectivos apoderados, a quienes se instar\u00e1 a solucionar de com\u00fan acuerdo la controversia en el plazo de dos (2) d\u00edas h\u00e1biles. Si vencido el plazo los apoderados de las listas en controversia no comunicaran haber llegado a un acuerdo y el contenido del mismo, dando satisfacci\u00f3n a las observaciones de la Junta Electoral; est\u00e1 resolver\u00e1 la cuesti\u00f3n en los dos (2) d\u00edas h\u00e1biles subsiguientes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 54: <\/strong>Las boletas y\/o votos de todas las listas de candidatos deber\u00e1n ser del tama\u00f1o de papel A6. La confecci\u00f3n de la Boleta \u00danica estar\u00e1 a cargo de la Junta Electoral, quien sortear\u00e1 el orden de aparici\u00f3n de las listas en la impresi\u00f3n de la misma.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 55: <\/strong>Estar\u00e1n habilitados para elegir y\/o ser elegidos todos los y las Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d que se encuentren inscriptos en los padrones aprobados por la Junta Electoral. Plazos:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Los padrones deber\u00e1n ser solicitados al establecimiento con el fin de que sean provistos los mismos para su exhibici\u00f3n a partir del 2 h\u00e1bil hasta el 7 d\u00eda h\u00e1bil.<\/li>\n\n\n\n<li>El mismo ser\u00e1 tratado el octavo d\u00eda h\u00e1bil a fin de realizar las correcciones necesarias.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul>\n<li>Impugnaciones. Tendr\u00e1n lugar a partir del noveno d\u00eda h\u00e1bil hasta el d\u00e9cimo d\u00eda h\u00e1bil inclusive.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Tratamiento de las observaciones e impugnaciones. Deber\u00e1n ser tratadas el onceavo d\u00eda h\u00e1bil<\/p>\n\n\n\n<p>e) Los padrones definitivos deber\u00e1n exhibirse a partir del doceavo d\u00eda h\u00e1bil hasta el d\u00eda anterior a la fecha de elecciones<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 56: <\/strong>Para la emisi\u00f3n de su voto, cada Estudiante deber\u00e1 presentar algunos de los siguientes documentos que a los fines del sufragio acreditar\u00e1n identidad:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>Libreta de Estudiante.<\/li>\n\n\n\n<li>C\u00e9dula de Identidad o Pasaporte.<\/li>\n\n\n\n<li>Documento Nacional de Identidad. Cuando el presidente de mesa no pueda establecer inequ\u00edvocamente la identidad del elector, adoptar\u00e1 las medidas que crea convenientes para facilitar el ejercicio del derecho a elegir, siempre asegurando evitar la realizaci\u00f3n de cualquier acto de fraude electoral.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 57: <\/strong>La determinaci\u00f3n de la cantidad y ubicaci\u00f3n de las mesas receptoras de votos y en general todo lo relativo a la organizaci\u00f3n del comicio; como as\u00ed tambi\u00e9n la salvaguarda de la legalidad y legitimidad del procedimiento del mismo, estar\u00e1n a cargo de la Junta Electoral, que deber\u00e1 procurar alcanzar la mayor participaci\u00f3n Estudiantil posible.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 58: <\/strong>La Junta Electoral deber\u00e1 designar una o m\u00e1s autoridades por cada mesa receptora de votos, las que actuar\u00e1n bajo su supervisi\u00f3n y ser\u00e1n encargadas de cumplir sus instrucciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 59: <\/strong>Cada mesa receptora de votos dar\u00e1 comienzo y t\u00e9rmino a la votaci\u00f3n en la fecha y hora prevista por la Junta Electoral, debiendo dar cuenta de tales hechos y de los que fueran relevantes durante el comicio, en acta que las autoridades de mesa deber\u00e1n labrar. El acta ser\u00e1 suscripta por las autoridades de mesa y por los fiscales que deseen hacerlo y deber\u00e1n contener adem\u00e1s la cantidad de votos emitidos en la jornada.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 60: <\/strong>Las mesas electorales cumplir\u00e1n su rol bajo la direcci\u00f3n de quien ejerza su presidencia, quien, a su vez, obrar\u00e1 en el desempe\u00f1o de su cometido como delegado de la Junta Electoral. Quien ocupe la presidencia de mesa al cerrar la elecci\u00f3n la urna hasta que realice el recuento de votos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 61: <\/strong>En el caso que durante el desarrollo del comicio, se produzcan dudas acerca de la identidad del elector o cualquier otro hecho que a juicio de la autoridad de mesa o los fiscales merezca observaci\u00f3n, se proceder\u00e1 de la siguiente manera:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>El sobre conteniendo el voto del elector deber\u00e1 ser introducido en un segundo sobre.<\/li>\n\n\n\n<li>El segundo dicho sobre deber\u00e1 contener la leyenda \u201cOBSERVADO\u201d en lugar bien visible, los motivos de la observaci\u00f3n y el nombre y la firma del observante.<\/li>\n\n\n\n<li>Los mismos datos se asentar\u00e1n en el acta de la mesa correspondiente.<\/li>\n\n\n\n<li>El voto as\u00ed observado ser\u00e1 introducido por el elector en la urna. La Junta Electoral, deber\u00e1 asegurar que sea respetado el secreto del voto y una vez cerrado el comicio, deber\u00e1 resolver las observaciones producidas.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 62: <\/strong>Los votos ser\u00e1n emitidos en sobres de igual tama\u00f1o y color, los que deber\u00e1n estar firmados por las autoridades de mesa y por los fiscales que deseen hacerlo. La introducci\u00f3n en la urna del sobre conteniendo el voto ser\u00e1 efectuada exclusivamente por el elector.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 63: <\/strong>Por cada mesa receptora de votos se habilitar\u00e1 un cuarto oscuro que deber\u00e1 ser obligatoriamente utilizado por el o la estudiante para introducir emitir su voto en el sobre. La autoridad de mesa deber\u00e1 garantizar la privacidad del cuarto oscuro y controlar\u00e1, junto con los fiscales presentes, la existencia de boletas de todas las listas intervinientes en el comicio. Una vez emitido el voto, el nombre del o la correspondiente Estudiante ser\u00e1 tachado del padr\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 64: <\/strong>Una vez finalizado el comicio, se proceder\u00e1 a efectuar el escrutinio en lugar cerrado y con la sola presencia de las autoridades de mesa con no m\u00e1s de un fiscal por cada lista que se haya presentado y que desee hacerlo, de acuerdo a los siguientes procedimientos y criterios:<\/p>\n\n\n\n<ol type=\"a\">\n<li>La Junta Electoral resolver\u00e1 las observaciones generales del comicio:<\/li>\n\n\n\n<li>La Junta Electoral resolver\u00e1 los posibles casos de doble voto.<\/li>\n\n\n\n<li>Se proceder\u00e1 a la apertura de las urnas. Se cotejar\u00e1 la cantidad de sobres boletas que se encuentren en el interior de cada urna con la cantidad de votos emitidos registrados en el acta.<\/li>\n\n\n\n<li>Se resolver\u00e1n los casos de votos observados: rompi\u00e9ndose ambos sobres el sobre y su contenido, si la Junta se pronuncia por la validez de la observaci\u00f3n o rompiendo solo el sobre externo y volcando el otro la boleta en la urna para su apertura con el resto de los sobres las boletas, si se pronuncia por la invalidez de la observaci\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li>Se proceder\u00e1 a la apertura de los sobres de las boletas, entonando a viva voz los votos emitidos para cada una de las listas, los emitidos en blancos y los nulos.<\/li>\n\n\n\n<li>Ser\u00e1n considerados v\u00e1lidos todos aquellos votos emitidos con la boleta de alguna de las listas oficializadas, en los que pueda establecerse fehacientemente la voluntad del elector o la electora, a\u00fan en los casos en que haya m\u00e1s de una boleta para la misma lista, boletas con inscripciones, rotas o acompa\u00f1adas de elementos extra\u00f1os. Por cada Estudiantes s\u00f3lo podr\u00e1 computarse un voto. No se tomar\u00e1n en cuenta las tachaduras o sustituciones que hubiera efectuado el o la sufragante.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 65: <\/strong>Los apoderados de las listas oficializadas podr\u00e1n efectuar ante la Junta Electoral las observaciones que consideren necesarias respecto de cualquier acto del proceso electoral, exponiendo por escrito los fundamentos de las mismas y ofreciendo en esa \u00fanica oportunidad todas las pruebas con que cuente para acreditar lo observado.<\/p>\n\n\n\n<p>Recibida una observaci\u00f3n, la Junta Electoral dar\u00e1 traslado a los interesados por \u00e9l t\u00e9rmino m\u00e1ximo de dos (2) d\u00edas, vencido el cual, deber\u00e1 resolver la observaci\u00f3n en un (1) d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 66: <\/strong>Finalizado el escrutinio, la Junta Electoral realizar\u00e1 la distribuci\u00f3n de las siete<\/p>\n\n\n\n<p>(7) secretar\u00edas a cubrir mediante la aplicaci\u00f3n del sistema D\u00b4 Hondt, teniendo en cuenta los votos v\u00e1lidos obtenidos por cada lista, todo con arreglo al siguiente procedimiento: Para obtener la cifra divisoria o repartidora, se divide la cantidad de votos que tuvo cada lista por 1, por 2, por 3, y as\u00ed sucesivamente hasta llegar a la cantidad de bancas a cubrir. Luego se encolumnan los resultados obtenidos por cada lista en orden decreciente. Posteriormente<\/p>\n\n\n\n<p>se ha de buscar entre todas las listas, de mayor a menor, la cifra que en orden decreciente coincida en el orden a la cantidad de secretar\u00edas a cubrir.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 67: <\/strong>Finalizado el escrutinio la Junta Electoral dar\u00e1 a conocer inmediatamente el resultado de la elecci\u00f3n, proclamando a los electos, los que ser\u00e1n puestos en sus funciones por la Junta Electoral.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 68: <\/strong>De todo lo actuado la Junta Electoral deber\u00e1 dejar constancia en actas, en las que tambi\u00e9n deber\u00e1 consignarse el resultado del escrutinio, el nombre completo de los candidatos a la Presidencia y Secretar\u00eda General electos. El acta de cierre del escrutinio ser\u00e1 firmada por la Junta Electoral.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250003\">TITULO <\/a>VII.<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250002\">Interpretaci\u00f3n y Reforma del <\/a>Estatuto.<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 69: <\/strong>La necesidad de la reforma s\u00f3lo podr\u00e1 ser declarada por decisi\u00f3n de las dos terceras partes de los y las integrantes de la Comisi\u00f3n Directiva. La aprobaci\u00f3n del proyecto de reforma deber\u00e1 hacerse con igual mayor\u00eda de la Asamblea Estudiantil.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 70: <\/strong>Cualquier Reforma al presente Estatuto que sea aprobada, deber\u00e1 insertarse en el cuerpo del mismo y en los art\u00edculos correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 71: <\/strong>Si durante la sesi\u00f3n de una Asamblea General de Estudiantes surgiese alguna duda sobre la inteligencia, interpretaci\u00f3n o alcance de alguno de los art\u00edculos de este Estatuto, la misma Asamblea decidir\u00e1 acerca de su interpretaci\u00f3n. En cualquier otro caso ser\u00e1 la Comisi\u00f3n Directiva la int\u00e9rprete de este Estatuto para su aplicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250001\">TITULO <\/a>VIII<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><a id=\"_TOC_250000\"><\/a>Disoluci\u00f3n<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 72: <\/strong>El Centro de Estudiantes del Instituto Superior N\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d no podr\u00e1 disolverse mientras existan suficientes Estudiantes del Instituto Superior n\u00b024 \u201cH\u00e9roes de Malvinas\u201d dispuestos a integrar los \u00f3rganos gremiales y sostenerlos de conformidad a lo dispuesto por el presente Estatuto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp;\u00cdNDICE TITULO I Denominaci\u00f3n, Sigla, Car\u00e1cter Representativo, \u00danico y Exclusivo&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. 3 TITULO II Principios, Fines y Objetivos&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; 3 TITULO III Adhesi\u00f3n a Federaciones&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; 4 TITULO IV Estudiantes: Facultades, Derechos y Deberes&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. 4 TITULO V \u00d3rganos de Gobierno: Asamblea General de Estudiantes y Comisi\u00f3n Directiva. Constituci\u00f3n, Organizaci\u00f3n y Funcionamiento&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. 4 Cap\u00edtulo I. Asamblea General de Estudiantes&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; &#8230; <a title=\"Estatuto\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/estatuto\/\" aria-label=\"More on Estatuto\">[+]<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":257,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":[],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/3623"}],"collection":[{"href":"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/257"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3623"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/3623\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3647,"href":"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/3623\/revisions\/3647"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/isp24-sfe.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3623"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}